1- Los espacios físicos destinados para el contacto con el sujeto obligado
Tenemos a su disposición las siguientes maneras de atenderle:
2- Correo electrónico para notificaciones judiciales
Si realiza envíos a este correo, por favor evite enviar el documento físico. (Art. 197 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo)